

La grafotécnica, Grafoscopía y la Pericia Caligráfica en el Ambito Judicial
La grafotécnica y la pericia caligráfica, también conocida como grafoscopía en algunos contextos, son disciplinas forenses que se ocupan del análisis técnico de documentos manuscritos, firmas, y otros elementos gráficos para determinar su autenticidad o detectar falsificaciones. Estas ciencias se han convertido en herramientas esenciales en los sistemas judiciales modernos, especialmente en casos relacionados con falsedad documental, estafa, fraude testamentario, y disputas contractuales. Sin embargo, su aplicación no está exenta de controversias legales y técnicas, lo que ha llevado a los tribunales a desarrollar criterios jurisprudenciales para regular su uso y valoración.
En este extenso análisis, exploraremos cómo la jurisprudencia en países de habla hispana ha abordado temas clave como la admisibilidad de las pericias realizadas sobre copias, los requisitos procesales para su validez, las limitaciones inherentes a estas técnicas, y el impacto de los avances tecnológicos en su práctica. También examinaremos casos emblemáticos y las posturas de tribunales superiores que han sentado precedentes en la materia.
Fundamentos de la grafotécnica y la grafoscopía
Antes de adentrarnos en la jurisprudencia, es importante entender qué abarca la grafotécnica y la grafoscopía. La grafotécnica se refiere al estudio técnico de la escritura y los elementos gráficos, incluyendo aspectos como la presión del trazo, la velocidad de ejecución, y las características individuales de la caligrafía. La grafoscopía, por su parte, es una rama más específica que se centra en el cotejo de firmas y escritos para determinar su autenticidad o autoría, a menudo en un contexto forense.
A diferencia de la grafología, que analiza la personalidad a través de la escritura y es considerada una pseudociencia en el ámbito judicial, la grafotécnica y la grafoscopía se basan en métodos científicos y son aceptadas como pruebas periciales en la mayoría de los sistemas legales. Sin embargo, su carácter técnico exige que los peritos sean expertos calificados y que sus dictámenes cumplan con estándares procesales estrictos.
Temas recurrentes en la jurisprudencia
1. Validez de la pericia sobre copias en lugar de originales
Uno de los debates más frecuentes en la jurisprudencia es si las pericias grafotécnicas realizadas sobre copias (fotocopias, escaneos o copias certificadas) tienen valor probatorio suficiente para sustentar una decisión judicial. Este tema surge porque, en muchos casos, los documentos originales no están disponibles debido a extravío, destrucción o negativa de las partes a presentarlos.
En Perú, por ejemplo, la Corte Suprema ha abordado este asunto en varias ocasiones. En la Casación N° 3243-2016 (Lima), se estableció que las pericias sobre copias son admisibles siempre que el perito explique las limitaciones del análisis (como la imposibilidad de examinar el surco de la tinta o alteraciones físicas visibles solo en originales) y que las copias sean de alta calidad y estén debidamente certificadas. El tribunal enfatizó que el juez debe valorar el dictamen en conjunto con otras pruebas, aplicando el principio de sana crítica.
En México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha adoptado una postura similar. En la Tesis I.11o.C.138 C (2021), se determinó que las pericias sobre copias son válidas si se garantiza la cadena de custodia y la calidad de la reproducción permite un análisis técnico confiable. Sin embargo, los tribunales mexicanos suelen exigir que las partes tengan la oportunidad de cuestionar la autenticidad de las copias, respetando el principio de contradicción.
En España, el Tribunal Supremo (Sentencia 1296/2003) ha aceptado pericias sobre fotocopias, pero con matices. Reconoció que el análisis de copias puede ser menos concluyente que el de originales, ya que ciertos elementos (como la profundidad del trazo o la textura del papel) no son visibles. Por ello, el peso probatorio de estas pericias depende de la motivación del juez y de la calidad del dictamen pericial.
2. Requisitos procesales para el desahogo de la prueba
La admisión y valoración de una pericia caligráfica requieren el cumplimiento de formalidades procesales que varían según la jurisdicción. En general, los tribunales exigen que el dictamen se base en documentos indubitables (es decir, cuya autenticidad no sea cuestionada) y que las partes tengan la oportunidad de participar en el proceso, ya sea proponiendo muestras de comparación o cuestionando al perito.
En México, la SCJN ha sido particularmente enfática en este punto. En la Tesis 1a./J. 40/2014, se estableció que el desahogo de una pericia grafoscópica debe cumplir con el debido proceso, incluyendo la notificación a las partes y la posibilidad de contradecir el dictamen. Además, los tribunales han precisado que las muestras de cotejo no necesariamente deben ser contemporáneas al documento cuestionado, siempre que reflejen las características habituales de la escritura del autor.
En Colombia, la Corte Suprema de Justicia (Sala de Casación Penal, Sentencia del 12 de marzo de 2015) ha subrayado que la pericia debe realizarse por un experto acreditado y que el juez debe fundamentar por qué acepta o rechaza el dictamen. En un caso de falsedad en documento público, el tribunal invalidó una pericia porque el perito no explicó suficientemente las discrepancias entre las firmas analizadas, lo que violó el principio de motivación.
En Venezuela, según expertos como Raymond Orta, la grafoscopía se enmarca en las ciencias forenses y debe cumplir con estándares internacionales, como los establecidos por la Asociación Internacional de Identificación (IAI). Los tribunales venezolanos han insistido en que el perito detalle su metodología para que el dictamen sea considerado científicamente sólido.
3. Limitaciones de la grafotécnica y la grafoscopía
Aunque estas disciplinas son valiosas, tienen limitaciones inherentes que los tribunales han reconocido en su jurisprudencia. Una de las más destacadas es que la grafoscopía puede determinar si una firma o escrito es falso, pero no necesariamente quién lo falsificó, a menos que existan pruebas adicionales que vinculen a una persona específica con el acto.
En Perú, la Resolución N° 2065-2015 (Lima) abordó este tema en un caso de falsedad documental. El tribunal señaló que el perito identificó discrepancias en la firma de un testamento, pero no pudo atribuir la falsificación a un individuo concreto sin evidencia complementaria, como testimonios o registros de video. Esto refleja una postura común: la pericia es un medio técnico, no una prueba definitiva por sí sola.
En España, el Tribunal Supremo (Sentencia 245/2018) ha advertido que factores como el estado emocional del autor, el paso del tiempo, o el uso de instrumentos distintos pueden alterar las características de la escritura, lo que obliga al perito a considerar estas variables en su análisis. Si el dictamen no las aborda, su valor probatorio puede disminuir.
4. Valoración judicial de la pericia
En la mayoría de los sistemas judiciales de tradición civil, como los de América Latina y España, rige el principio de libre apreciación de la prueba. Esto significa que el juez no está obligado a aceptar el dictamen pericial como verdad absoluta, sino que debe evaluarlo en conjunto con el resto del material probatorio.
En México, la Tesis 2022838 de la SCJN establece que el juez debe motivar su decisión al aceptar o rechazar una pericia grafoscópica, considerando tanto el rigor técnico del análisis como su coherencia con otras pruebas. En un caso de fraude testamentario, un tribunal desestimó un dictamen porque el perito no justificó suficientemente las diferencias entre las firmas cotejadas, lo que ilustra la importancia de la fundamentación.
En Perú, la Casación 201-2021 (Ica) precisó que el juez debe explicar por qué otorga mayor peso a una pericia sobre otras pruebas, especialmente si existen dictámenes contradictorios present “
ados por las partes. Este criterio busca evitar decisiones arbitrarias y garantizar la transparencia judicial.
5. Impacto de la tecnología en la grafoscopía
Los avances tecnológicos han transformado la práctica de la grafotécnica y la grafoscopía, introduciendo herramientas como el análisis digital de imágenes, la espectroscopia, y el uso de software especializado. La jurisprudencia ha comenzado a reflejar esta evolución, aceptando estas innovaciones siempre que se cumplan ciertos requisitos.
En México, la Tesis 1a./J. 40/2014 de la SCJN reconoció que el uso de tecnología (como la captura y edición de imágenes) no invalida un dictamen, siempre que el perito explique su metodología y el método sea científicamente aceptado. En un caso de falsificación de cheques, el tribunal aceptó un análisis digital que identificó alteraciones en la firma mediante software de comparación de patrones.
En España, el Tribunal Supremo (Sentencia 567/2020) ha admitido pericias que combinan técnicas tradicionales con análisis digitales, como el examen de la presión del trazo a través de escaneos de alta resolución. Sin embargo, los jueces han insistido en que el perito debe ser capaz de defender su dictamen en audiencia pública, especialmente si la contraparte cuestiona la fiabilidad de la tecnología empleada.
Casos emblemáticos y su impacto
Caso en México: Falsedad en testamento (Tesis 2022838, SCJN)
En este caso, un heredero impugnó un testamento alegando que la firma de su padre había sido falsificada. El perito grafoscópico analizó la firma en una copia certificada y encontró discrepancias en la inclinación y presión del trazo respecto a documentos indubitables. Sin embargo, el tribunal de primera instancia desestimó el dictamen por falta de claridad en la metodología. La SCJN, al revisar el caso, estableció que el juez debió solicitar una ampliación del dictamen en lugar de rechazarlo outright, sentando un precedente sobre la necesidad de agotar los medios probatorios antes de descartar una pericia.
Caso en Perú: Casación 3243-2016 (Lima)
Un acusado de falsedad documental presentó una pericia sobre una fotocopia que supuestamente demostraba su inocencia. El perito identificó diferencias en las firmas, pero la contraparte argumentó que el análisis sobre copias era insuficiente. La Corte Suprema aceptó el dictamen, pero con la condición de que se corroborara con testimonios de testigos presenciales, consolidando el criterio de que las pericias sobre copias son auxiliares, no determinantes.
Caso en España: Sentencia 1296/2003 (Tribunal Supremo)
En un litigio sobre un contrato supuestamente falsificado, el perito analizó una fotocopia y concluyó que la firma era auténtica. El Tribunal Supremo confirmó la validez del análisis, pero redujo su peso probatorio al señalar que la falta del original limitaba la certeza del dictamen. Este fallo ha sido citado en casos posteriores como un estándar para evaluar pericias sobre copias.
Comparación entre jurisdicciones
Aunque los principios generales son similares, las diferencias entre jurisdicciones reflejan matices culturales y procesales:
- México: Enfasis en el debido proceso y la participación de las partes.
- Perú: Flexibilidad en la admisión de pericias sobre copias, pero con exigencia de motivación judicial.
- España: Mayor peso en la calidad técnica del dictamen y la formación del perito.
- Colombia: Rigurosidad en la acreditación del perito y la fundamentación del análisis.
- Venezuela: Influencia de estándares internacionales en la práctica forense.
Desafíos y críticas a la grafotécnica judicial
A pesar de su aceptación, la grafotécnica y la grafoscopía enfrentan críticas. Algunos expertos argumentan que la subjetividad del perito puede influir en los resultados, especialmente en casos de firmas muy similares o alteradas intencionalmente. Además, la falta de estandarización global en los métodos de análisis genera discrepancias entre dictámenes, lo que puede llevar a fallos contradictorios.
Otro desafío es la formación de los peritos. En países con recursos limitados, no siempre se cuenta con expertos suficientemente capacitados, lo que afecta la credibilidad de las pericias. Los tribunales han respondido exigiendo certificaciones y detallando los procedimientos empleados, pero el problema persiste en algunos contextos.
La jurisprudencia sobre grafotécnica y pericia caligráfica refleja un equilibrio entre la aceptación de estas disciplinas como herramientas científicas y la necesidad de garantizar su fiabilidad en el proceso judicial. Los tribunales han establecido criterios claros para su admisión, como la calidad de las muestras, el rigor técnico del análisis, y el respeto al debido proceso. Sin embargo, su valor probatorio depende de la valoración judicial y de su integración con otras pruebas.
A medida que la tecnología avanza, es probable que la grafoscopía evolucione, incorporando métodos más precisos y reduciendo las limitaciones actuales. Mientras tanto, la jurisprudencia seguirá desempeñando un papel crucial en definir los estándares de esta práctica forense, asegurando que cumpla con los principios de justicia y equidad.